Los ciudadanos pueden solicitar el certificado de penados en los registros de cualquier órgano del Estado.
Aquellos que pretendan acceder a o ejercer profesiones, oficios o actividades que impliquen un contacto habitual con menores, tienen la obligación de acreditar que carecen de antecedentes penales por haber cometido delitos sexuales. Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, el 1 de marzo de 2016, la inexistencia de antecedentes se acreditará con el certificado de penados.